El IVA trimestral es una de las obligaciones más recurrentes para autónomos y pymes. Sin embargo, sigue siendo una fuente frecuente de errores, sanciones y recargos. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber para el ejercicio 2025.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 303?
Están obligados a presentar liquidaciones periódicas de IVA todos los empresarios y profesionales que realicen actividades sujetas a IVA, salvo los acogidos al régimen simplificado o los que tributan en recargo de equivalencia (comerciantes minoristas).
Plazos de presentación del modelo 303 en 2025
| Trimestre | Período | Plazo |
|---|---|---|
| 1T | Enero–Marzo | Hasta el 20 de abril de 2025 |
| 2T | Abril–Junio | Hasta el 20 de julio de 2025 |
| 3T | Julio–Septiembre | Hasta el 20 de octubre de 2025 |
| 4T | Octubre–Diciembre | Hasta el 30 de enero de 2026 |
Si el plazo cae en fin de semana o festivo, se amplía al siguiente día hábil.
Los errores más frecuentes en el modelo 303
Después de más de 25 años gestionando declaraciones de IVA en Salamanca, estos son los errores que vemos con más frecuencia:
1. No contabilizar correctamente el IVA de los gastos
Muchos autónomos olvidan incluir el IVA soportado de facturas de proveedores, suministros o servicios profesionales. Esto supone pagar más IVA del necesario.
2. Declarar operaciones en el trimestre incorrecto
Las facturas se devengan (a efectos de IVA) en la fecha de la operación, no en la fecha de cobro. Una factura emitida el 29 de marzo va en el primer trimestre, aunque cobres en abril.
3. Omitir operaciones intracomunitarias
Si compras servicios a empresas de la UE (por ejemplo, publicidad en plataformas digitales), debes declararlo con inversión del sujeto pasivo.
4. No presentar el modelo aunque el resultado sea cero o negativo
Aunque no tengas actividad o el resultado sea a devolver, estás obligado a presentar el 303. El incumplimiento genera sanción mínima de 200 €.
¿Qué pasa si presento el modelo 303 fuera de plazo?
La AEAT aplica un recargo progresivo:
- Hasta 3 meses de retraso: recargo del 5%
- De 3 a 6 meses: recargo del 10%
- De 6 a 12 meses: recargo del 15%
- Más de 12 meses: recargo del 20% + intereses de demora
Si tienes una deuda con la Agencia Tributaria, presenta siempre voluntariamente antes de que Hacienda te requiera: los recargos son mucho menores que las sanciones por infracción tributaria.
Modelo 390: la declaración resumen anual
Además de las liquidaciones trimestrales, en enero de cada año debes presentar el modelo 390, que resume las operaciones de IVA del ejercicio completo. El plazo para el modelo 390 del ejercicio 2025 es hasta el 30 de enero de 2026.
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